http://www.cermi.es/CERMI/ESP/Las+Mujeres+con+Discapacidad/
http://adne.no.sapo.pt/esp/principalesp.htm
http://www.cermi.es/CERMI/ESP/Las+Mujeres+con+Discapacidad/Planes+de+Acción+dirigidos+a+las+Mujeres+con+Discapacidad.htm
http://adne.no.sapo.pt/esp/principalesp.htm
http://www.cermi.es/CERMI/ESP/Las+Mujeres+con+Discapacidad/Planes+de+Acción+dirigidos+a+las+Mujeres+con+Discapacidad.htm
1.- Debemos reforzar la perspectiva de género y discapacidad de forma transversal en todas las políticas.
2.- Es necesario propiciar estudios que analicen la situación de las niñas y mujeres con discapacidad, en los diferentes ámbitos de la vida social, así como disponer de datos estadísticos fiables que incluyan la variable de discapacidad y el elemento de género.
3.- Consideramos fundamental diseñar acciones concretas y programas específicos dirigidos a las mujeres con discapacidad, contando con su participación en el diseño de tales medidas.
4.- Proponemos organizar campañas dirigidas a fomentar la presencia y mejorar la imagen de las mujeres y niñas con discapacidad en los medios de comunicación y en la publicidad en general.
5.-Se hace necesario establecer un sistema de evaluación y seguimiento de todas las medidas que se adopten para mejorar la situación de las mujeres con discapacidad en los distintos países, con el fin de comprobar la efectividad de las acciones emprendidas y de asumir otros nuevos compromisos de futuro.
6.- Las mujeres con discapacidad deben tener acceso a un empleo adecuado a sus capacidades, si es necesario mediante medidas de acción positiva. Sería deseable asimismo incentivar a los sindicatos y a las organizaciones empresariales para que establezcan como estrategia corporativa la responsabilidad social, la incorporación y la promoción de mujeres con discapacidad.
7.- Los Estados Miembros deben promover programas y medidas que aumenten las habilidades personales y profesionales de las mujeres con discapacidad, a fin de que éstas puedan acceder a desempeñar profesiones más competitivas en el mercado ordinario de trabajo.
8.- Hay que tener en cuenta las necesidades personales de las niñas y las mujeres con discapacidad, proporcionando dispositivos auxiliares y ayudas técnicas como apoyo a las actividades de la vida diaria, escolarización y acceso a todo el ciclo educativo, incluida la formación universitaria y al empleo.
9.- Los Estados Miembros deben favorecer y apoyar la participación de las mujeres con discapacidad en los procesos de toma de decisiones y en la vida social. Para ello es esencial su participación activa. La democracia participativa demanda la incorporación de las políticas de igualdad en todos los ámbitos de gobierno.
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